jueves, 4 de marzo de 2010

DERECHOS REALES -CLASIFICACIÓN-

  • Autores Franceses clasifican a los Derecho Reales en PRINCIPALES y ACCESORIOS, según su existencia sea independiente o dependa de una relación anterior:
  1. Derechos Reales PRINCIPALES.

Todo lo referente a la propiedad y sus desmembraciones como:

  1. Usufructo.
  2. Uso.
  3. Habitación.
  4. Servidumbre.
  5. Enfiteusis.
  1. Derechos Reales ACCESORIOS o DE GARANTÍA.
    1. Hipoteca.
    2. Prenda.
    3. Anticresis.
  • Clasificación ITALIANA (Chironi, Barassi, Dusi)
  1. Derechos Reales de goce y disposición.
    1. Propiedad.
  2. Derechos Reales de simple goce.
    1. Servidumbre.
  3. Derechos Reales de garantía.
    1. Prenda.
    2. Hipoteca.
  • Clasificación ALEMANA (Wolff)
  1. Derechos Reales provisionales.
    1. La Posesión.
  2. Derechos Reales definitivos, los cuales, a su vez, admiten los siguientes subtipos:
    1. Propiedad.
    2. Derechos reales limitados (gravámenes de acuerdo a la terminología alemana) y los cuales son:
      1. Derechos de disfrute (servidumbres).
      2. Derechos de realización de un valor pecuniario (hipoteca).
      3. Derechos de adquisición (tanteo y retracto), que confieren al titular la oportunidad de convertirse en propietario.
  • Clasificación FRANCESA (Mazead, Colin y Capitant)
  1. Derechos Reales principales:
    1. Derecho a la Propiedad.
    2. Las desmembraciones del Derecho de Propiedad: Usufructo, Uso, Habitación y Servidumbres.
  2. Derechos Reales accesorios (garantías o seguridades): Hipoteca, Prenda, Anticresis.



1 comentario:

  1. Cuál de estas clasificaciones es la que asume el Derecho Venezolano ??

    ResponderEliminar