- Autores Franceses clasifican a los Derecho Reales en PRINCIPALES y ACCESORIOS, según su existencia sea independiente o dependa de una relación anterior:
- Derechos Reales PRINCIPALES.
Todo lo referente a la propiedad y sus desmembraciones como:
- Usufructo.
- Uso.
- Habitación.
- Servidumbre.
- Enfiteusis.
- Derechos Reales ACCESORIOS o DE GARANTÍA.
- Hipoteca.
- Prenda.
- Anticresis.
- Hipoteca.
- Clasificación ITALIANA (Chironi, Barassi, Dusi)
- Derechos Reales de goce y disposición.
- Propiedad.
- Propiedad.
- Derechos Reales de simple goce.
- Servidumbre.
- Servidumbre.
- Derechos Reales de garantía.
- Prenda.
- Hipoteca.
- Prenda.
- Clasificación ALEMANA (Wolff)
- Derechos Reales provisionales.
- La Posesión.
- La Posesión.
- Derechos Reales definitivos, los cuales, a su vez, admiten los siguientes subtipos:
- Propiedad.
- Derechos reales limitados (gravámenes de acuerdo a la terminología alemana) y los cuales son:
- Derechos de disfrute (servidumbres).
- Derechos de realización de un valor pecuniario (hipoteca).
- Derechos de adquisición (tanteo y retracto), que confieren al titular la oportunidad de convertirse en propietario.
- Derechos de disfrute (servidumbres).
- Propiedad.
- Clasificación FRANCESA (Mazead, Colin y Capitant)
- Derechos Reales principales:
- Derecho a la Propiedad.
- Las desmembraciones del Derecho de Propiedad: Usufructo, Uso, Habitación y Servidumbres.
- Derecho a la Propiedad.
- Derechos Reales accesorios (garantías o seguridades): Hipoteca, Prenda, Anticresis.
Cuál de estas clasificaciones es la que asume el Derecho Venezolano ??
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